Con fecha 24 de febrero de 2017 fue publicada la ley 27.348 junto con al Resolución 298/17 reglamentaria de la misma El trabajador deberá iniciar su reclamo ante la comisión médica jurisdiccional donde tiene domicilio el trabajador, donde presta servicios o eventualmente el domicilio donde se reporta Siguen vigentes las fundadas objeciones fincadas en la…
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